domingo, 7 de marzo de 2010

PATERNIDAD Y FILIACION: DERECHO Y DEBER DE LOS PADRES


Las relaciones filiales son los derechos y deberes que tienen los padres y las madres con sus hijos e hijas a relacionarse con ellos(as). Este derecho, tiene mucha importancia cuando los hijos o hijas no viven con dicho padre o madre. Las relaciones filiales se establecen sobre todo para beneficio de los hijos e hijas. Así que el padre o la madre no custodio tiene el deber de alimentar, cuidar y velar por la salud de los hijos mientras están con él o ella. Las relaciones filiales pueden ser acordadas de la manera más apropiada para el padre, madre, y sobre todo para el (la) menor. Para el beneficio de sus hijos(as) busque las alternativas que mejor se ajustan a su situación específica.

¿Como debo solicitar una prueba de paternidad?
En cualquier actino en que la paternidad sobre un individuo se encuentre en controversia, el tutor, defensor judicial del (de la) menor o el juez o jueza podrán, a iniciativa propia, o con una moción presentada a tiempo, ordenar a la
Madre, hijo o hija y al alegado padre biológico a someterse a exámenes genéticos.

¿Quien cubre los gastos de las pruebas de paternidad?
Si la prueba resulta positiva, los gastos serán cubiertos por el alegado padre biológico. En aquellos casos en que la misma produzca un resultado negativo la responsabilidad de los gastos le corresponden a la persona que ha
Solicitado la prueba.

¿Quién puede radicar una objeci6n a Ya prueba de paternidad?
Se puede radicar una objeción, en los casos en que el examen genético produzca una probabilidad de paternidad de noventa y cinco (95) por ciento a (97.9) por ciento, pero el peso de probar que no es padre recaerá sobre el alegado progenitor. No se podrá radicar una objeción si la prueba produce una probabilidad de noventa y ocho por ciento en adelante.

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